La Reagrupación Familiar De Hijos Mayores De Edad
Este es un artículo dirigido a todas y cada una aquellas personas que ya han adquirido la nacionalidad de España y tienen hijos mayores de edad en su país de origen a los que quieren reagrupar, https://rcs.delhigovt.nic.in/content/los-abogados-que-luchan-en-los-tribunales-por-migrantes-indocumentados-como-ellos o sea, que desean traerse a vivir a España.
¿Qué se puede hacer en el momento en que un hijo mayor de veintiuno años nos expresa su deseo de venir a vivir a España? Ya sea a trabajar o a estudiar o bien por cualquier otro motivo.
Ante esta situación existen 2 posibilidades:
Tramitar un permiso de trabajo y residencia en favor de su hijo/a: en este caso tendrá que buscar una compañía, una familia o bien un autónomo que tenga de manera perfecta definida su identidad, su estabilidad, su solvencia de forma que puedan acreditar que necesitan cubrir un puesto de trabajo y que estén dispuestos a ofrecer un contrato de trabajo a su hijo/a.
Esta vía da lugar a que se tramite un permiso de trabajo y residencia por vía preferente, es decir, no sometida a las exigencias del SEPE (Servicio Público de Empleo Estatal). En un caso así y siempre y cuando la parte contratante (empresa, autónomo o bien familia) sea estable, sólida y solvente, la solicitud saldrá aprobada.
Imaginemos que la primera opción no es accesible para porque no tiene quién le haga ese contrato. Pero desea reagrupar a su hijo, aunque sabe que la ley afirma que la reagrupación en régimen comunitario aplica para hijos menores de veintiuno años. Lo interesante en estos casos es que, si bien su hijo sea mayor del límite, va a poder reagruparlo siempre que usted acredite que:
su hijo tiene una minusvalía grave y en función de ella depende de usted.
su hijo es estudiante y que además de esto se hace cargo del pago de sus estudios por medio de giros de dinero que puedan acreditar una dependencia. Es muy importante que contemos con pruebas de que este hijo, a pesar de ser mayor de edad, depende económicamente de .
su hijo tiene una minusvalía grave y en función de ella depende de usted.
su hijo es estudiante y que además de esto se está haciendo cargo del pago de sus estudios por medio de giros de dinero que puedan acreditar una dependencia. Es muy importante que contemos con pruebas de que este hijo, a pesar de ser mayor cita previa para renovar la tarjeta de residencia de edad, depende a nivel económico de usted.
En cualquiera de estos 2 casos, contamos con unas posibilidades muy grandes de que las solicitudes de reagrupación sean aprobadas por parte de las autoridades.
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Ejemplo práctico de reagrupación de un mayor de 21 años
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Pongamos un ejemplo: su hijo mayor de 21 años está en Colombia, se lo quiere traer y también comienza el proceso haciendo un acta de manifestaciones ante notario en la que manifiesta su intención de reagrupar a su hijo, así como esta acta le va a remitir a su hijo la copia compulsada de su documento de identidad de España, de su pasaporte español, prueba de que tiene vivienda, prueba de que tiene trabajo. Una vez que su hijo recibe esta documentación va a venir de manera directa a España con esta documentación y con su pasaporte, obviamente, y sobre todo con prueba los estudios que estaba efectuando en Colombia, con su partida de nacimiento que acredite que es su hijo y también con prueba de los giros de dinero que mes a mes le estaba girando.
Con todo esto, cuando la persona llegue al aeropuerto en España y le pregunten el motivo de su viaje, no va a tener ningún problema cuando diga que viene a quedarse a vivir con , cita en extranjería un ciudadano de España, aportando todas las pruebas precisas a fin de que las autoridades lo verifiquen. De esa manera, su hijo podrá entrar en el país casi con una certeza del cien por cien .
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Una vez que su hijo ya esté en España, se va a deber pedir una cita para regular su situación, o sea, para solicitar la tarjeta de vivienda en Régimen Comunitario.
En conclusión, si ya tiene la nacionalidad de España, el hecho de que su hijo sea mayor de veintiuno años no significa que no lo pueda reagrupar. Si se cumplen los supuestos que hemos descrito, le podrá conseguir un permiso de regreso para extranjeros cita previa de trabajo y residencia o lo va a poder reagrupar en régimen singular de reagrupación.