NúMero De Identidad De Extranjero


Se precisa cita anterior. Hacen falta tantas citas como personas solicitantes. Cada cita anterior solo sirve para la petición de la opción escogida (pasaporte, alta cons​ular, NIE, etc.). Para cada petición se precisa una cita previa. Si se precisan citas para múltiples familiares, es necesario hacer una cita para cada petición.





Cuando se quiere un NIE no sirve solicitar una cita para:



















Alta consular - Registro de matrícula, Anmeldung im Konsularregister















































Certificado electrónico, elektronisches Zertifikat



















Alta consular - Registro de matrícula, Anmeldung im Konsularregister





Certificado electrónico, elektronisches Zertifikat





Si consigue una cita para uno de esos trámites cuando lo que se quiere es un NIE, la cita no será válida y no va a ser atendido.








Para solicitar un NIE solo sirve la cita obtenida particularmente para ese trámite, es decir, "NIE, número de identidad de extranjero (no ciudadanos españoles), spanische Ausländeridentitätsnummer (nicht für spanische Bürger)."


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Si no hay citas libres para ello en la fecha deseada, hay que buscar citas libres para NIE con posterioridad.





Para obtener una cita para poner las huellas previa pinche el icono "Solicitar cita" situado en la parte derecha de esta página.





Los extranjeros que, por sus intereses económicos, profesionales o sociales se relacionen con España, van a ser dotados, anterior petición, a efectos de identificación de un número de identidad de Extranjero (NIE). Dicho NIE es personal, único y exclusivo y de carácter secuencial y sirve también como número de identificación a efectos fiscales en España.





El consulado general hará llegar la petición de asignación de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en la capital de España para que en el Registro Central de Extranjeros se proceda a la asignación del NIE pedido.





Se puede presentar la solicitud de un número de identidad de extranjero (NIE) en el consulado de España en cuya demarcación consular resida y figure en el padrón municipal local el solicitante. La demarcación del Consulado General de España en Hamburgo abarca los estados federados "Länder" Schleswig-Holstein, Baja Sajonia y Mecklenburgo-Antepomerania Occidental, la Ciudad Libre y Hanseática de Hamburgo y la Ciudad Libre Hanseática de Bremen. Demandantes que no radiquen y figuren en el padrón municipal local alemán en una localidad que se halle en la demarcación consular de Hamburgo, deben dirigirse al consulado de España en cuya demarcación radiquen, y no se va a poder aceptar a trámite su petición en el Consulado General de España en Hamburgo.





Ciudadanos extranjeros (Comunitarios o bien de terceros países) que tengan la pretensión de residir en España durante más de tres meses, por servirnos de un ejemplo para trabajar o bien estudiar, no pueden presentar sus solicitudes de NIE a través de los consulados de España en el extranjero.





Una vez abonada la tasa, anterior constatación de los requisitos, se expedirá de forma inmediata al ciudadano de la Unión un "Certificado de registro de ciudadano de la Unión" en el que constará el nombre, nacionalidad, domicilio, número de identidad de extranjero (NIE) y fecha de registro.





Nacionales de terceros países (que no pertenecen a un Estado miembro de la UE, otro Estado parte en el Pacto sobre el Espacio Económico Europeo ni Suiza) que vayan a radicar en España, por norma general, deberán solicitar un visado en el consulado de España pertinente a su lugar de residencia, en el que constará su NIE. Familiares de ciudadanos españoles o bien comunitarios deberán pedir en España una tarjeta de residencia de familiar en la que constará su NIE.





Como se ha dicho arriba, cuando un ciudadano extranjero vaya a radicar a lo largo de más de 3 meses en España, por cita previa policia certificados ue ejemplo para trabajar o estudiar, no se puede tramitar su petición de NIE por medio de un consulado de España en el extranjero sino tiene que solicitar el "Registro como Ciudadano de la Unión" en España.





En general, aquellas solicitudes de NIE que, cita para extranjeria sin embargo, se presenten por medio de un consulado de España con el motivo vivir, trabajar o estudiar en España, serán rechazadas por la Policía española.





Quien tenga la pretensión de entrar a España pero de permanecer allá durante menos de tres meses, para solicitar el NIE en el consulado, va a deber justificar documentalmente el motivo concreto de la actividad que desea desarrollar y la duración específica de su estancia en España (por poner un ejemplo con un certificado del empleador, del centro de estudios, la empresa que ofrece las prácticas, etc. 





Requisitos a presentar presencialmente por los solicitantes:









o













En el caso de comunitarios el documento nacional de identidad en el que conste el domicilio actual) y una copia simple del mismo, en caso de no comunitarios el pasaporte y un certificado de empadronamiento alemán y una copia simple de exactamente los mismos.













Pago en efectivo en el consulado de la tasa por asignación de NIE a instancia del interesado (consultar la tasa).













Impreso de pago de la tasa . relleno.













Los extranjeros no comunitarios deberán aportar la documentación, redactada en o traducida al castellano) que justifique el motivo de la petición del NIE.









Una vez que se haya recibido en el consulado el certificado con el NIE asignado exactamente el mismo se mandará a la dirección de correo electrónico que el demandante haya indicado en la solicitud.





Solicitud del NIE a través de un representante





Tanto en España como en los consulados en el extranjero se puede presentar la petición de NIE mediante un representante o de una persona apoderada, cuando se acredite la representatividad del representante. La representatividad se acreditará a través de un poder notarial expedido en los tres meses anteriores a la presentación de la petición.  El mencionado poder notarial ha de capacitar explícitamente para solicitar un NIE de la Dirección General de la Policía. El poder notarial debe llevar una Puntualiza de la Haya para que tenga validez en España si no ha sido otorgado ante un notario en España y habrá de estar redactado en español o bien venir con una traducción jurada al de España.





Las traducciones oficiales deberán llevar el sello de la Apostilla de la Haya, de no ser que las haya elaborado un traductor jurado nombrado por el Ministerio de Temas Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España. Se puede hallar una lista de los traductores jurados nombrados en Alemania en () y una lista de los traductores jurados nombrados en España en ().





El representante que va a solicitar el NIE debe disponer de un DNI, NIF o bien NIE propio. Los datos del representante se harán constar de forma explícita en el modelo de solicitud de NIE en el apartado "2) Datos del comunicador de la petición". el representante va a deber presentar aparte de los dos modelos, y ), un justificante sobre su DNI, NIF o bien NIE, su propio documento nacional de identidad con dirección de vivienda actualizada y el DNI con dirección de residencia actualizada del representado, para el que presenta la petición. Siempre se aportarán los documentos originales y se presentarán fotocopias de los mismos. Los documentos originales le van a ser devueltos al demandante. La tasa se va a pagar en el consulado en efectivo en el instante de presentar la solicitud, no pudiéndose pagar con tarjeta.





Solicitud de certificado para extranjeros (certificado de residente, certificado de no residente, certificado de NIE)





El mismo procedimiento que para la solicitud de asignación de NIE es de aplicación para la petición de un certificado de extranjero residente o no residente en España o de un certificado sobre el NIE ya existente.





Será necesario obtener una cita anterior para solicitar un certificado de residente o bien de no residente en España o un certificado sobre un NIE ya existente. Para concertar una cita pinche acá. Requisitos:





Una vez que se haya recibido en el consulado, el certificado solicitado se enviará a la dirección de Email que el demandante haya indicado en su solicitud.





Normativa:

















Artículo 206 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.


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Artículo doscientos seis. Número de identidad de extranjero.





1. Los extranjeros a cuyo favor se inicie un procedimiento para obtener un documento que les habilite para permanecer en territorio español que no sea un visado, aquéllos a los que se les haya iniciado un expediente administrativo en virtud de lo preparado en la normativa sobre extranjería y aquellos que por sus intereses económicos, profesionales o bien sociales se relacionen con España van a ser dotados, a los efectos de identificación, de un número personal, único y exclusivo, de carácter secuencial.





2. El número personal será el identificador del extranjero, que deberá figurar en todos los documentos que se le expidan o gestionen, como en las diligencias que se estampen en su pasaporte o documento análogo, salvo en los visados.





3. El número de identidad del extranjero, NIE, habrá de ser concedido de oficio, por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, en los presuntos citados en el apartado 1, salvo en el caso de los extranjeros que se relacionen con España con motivo de sus intereses de tipo económico, profesionales o sociales, que van a deber interesar de tal órgano la asignación del indicado número, siempre y cuando concurran los próximos requisitos:





a) Que no se encuentren en España en situación irregular.





b) Que se comuniquen los motivos por los que solicitan la asignación de tal número.





Los extranjeros que se relacionen con España por razón de sus intereses económicos, profesionales o bien sociales van a poder solicitar personalmente el NIE a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, directamente o por medio de las Oficinas de Extranjería o bien Comisarías de policía. En el caso de que el extranjero no se encuentre en territorio español en el momento de la petición, solicitará la asignación de NIE a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras, mediante las Oficinas Consulares de España en el exterior.





El procedimiento tendrá que ser resuelto en el plazo máximo de 5 días desde la entrada de la solicitud en el registro del órgano eficiente para su tramitación.





4. Lo dispuesto en el apartado anterior va a ser asimismo de aplicación para la solicitud de los certificados de residente y de no residente.


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